Desde 2020 contamos con un nuevo indicador para medir el ajuste de los contratos de locación o alquileres con destino habitacional. Se trata del Índice para Contratos de Locación, que es elaborado y publicado Banco Central. Este índice se usará para poder realizar el cálculo de los ajustes de los contratos de alquiler.
Índice de contenido
¿Qué es el Índice de Contratos de Locación?
El Índice de Contratos de Locación (ICL) es un indicador creado con el fin de poder establecer parámetros a la hora de celebrar contratos de alquiler. El índice tiene carácter diario, y se encuentra disponible en la página web del BCRA. Este indicador está conformado en partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (Ripte).
El ICL se utilizará desde el mes de julio de 2021 para los contratos celebrados desde el mes de julio 2020.
Ajustes anuales con ICL
En la siguiente tabla encontrará el ajuste a aplicar a comienzo de cada mes desde que rige el ICL.
Fecha Inicio del Contrato
Primer Ajuste
Segundo Ajuste
01/07/2020
41,00% (01/07/2021)
58,16% (01/07/2022)
01/08/2020
44,55% (01/08/2021)
60,96% (01/08/2022)
01/09/2020
47,06% (01/09/2021)
64.67% (01/09/2022)
01/10/2020
48,57% (01/10/2021)
67,31% (01/10/2022)
01/11/2020
49,53% (01/11/2021)
73,13% (01/11/2022)
01/12/2020
51,38% (01/12/2021)
77,58% (01/12/2022)
01/01/2021
52,21% (01/01/2022)
81,40% (01/01/2023)
01/02/2021
51,28% (01/02/2022)
85,88% (01/02/2023)
01/03/2021
51,67% (01/03/2022)
89,56% (01/03/2023)
01/04/2021
53,66% (01/04/2022)
92,59% (01/04/2023)
01/05/2021
53,91% (01/05/2022)
95,94% (01/05/2023)
01/06/2021
55,97% (01/06/2022)
100,00% (01/06/2023)
01/07/2021
58,16% (01/07/2022)
104,04% (01/07/2023)
01/08/2021
60,96% (01/08/2022)
109,36% (01/08/2023)
01/09/2021
64.67% (01/09/2022)
112,95% (01/09/2023)
01/10/2021
67,31% (01/10/2022)
115,32% (01/10/2023)
01/11/2021
73,13% (01/11/2022)
119,49% (01/11/2023)
01/12/2021
77,58% (01/12/2022)
128,33% (01/12/2023)
01/01/2022
81,40% (01/01/2023)
137,50% (01/01/2024)
01/02/2022
85,88% (01/02/2023)
147,11% (01/02/2024)
01/03/2022
89,56% (01/03/2023)
165,51% (01/03/2024)
01/04/2022
92,59% (01/04/2023)
196,70% (01/04/2024)
01/05/2022
95,94% (01/05/2023)
220,98% (01/05/2024)
01/06/2022
100,00% (01/06/2023)
233,73% (01/06/2024)
01/07/2022
104,04% (01/07/2023)
244,40% (01/07/2024)
01/08/2022
109,36% (01/08/2023)
247,56% (01/08/2024)
01/09/2022
112,95% (01/09/2023)
243,16% (01/09/2024)
01/10/2022
115,32% (01/10/2023)
237,90% (01/10/2024)
01/11/2022
119,49% (01/11/2023)
227,14% (01/11/2024)
01/12/2022
128,33% (01/12/2023)
208,67% (01/12/2024)
01/01/2023
137,50% (01/01/2024)
01/02/2023
147,11% (01/02/2024)
01/03/2023
165,51% (01/03/2024)
01/04/2023
196,70% (01/04/2024)
01/05/2023
220,98% (01/05/2024)
01/06/2023
233,73% (01/06/2024)
01/07/2023
244,40% (01/07/2024)
01/08/2023
247,56% (01/08/2024)
01/09/2023
243,16% (01/09/2024)
01/10/2023
237,90% (01/10/2024)
01/11/2023
227,14% (01/11/2024)
01/12/2023
208,67% (01/12/2024)
¿Cómo se ajusta con el ICL?
Los valores de los alquileres eran únicamente son ajustables de forma anual, a través del índice ya mencionado. Tras la derogación de la ley de alquileres, ahora las partes pueden acordar otra periodicidad de ajuste. Al momento de renovar el contrato, se tomará el índice de contratos de locación para ajustar el valor de la cuota mensual. Si necesita estimar el índice de alquileres 2024, le recomendamos usar nuestra calculadora:
Por ejemplo, suponiendo una inflación del 40%, y la evolución salarial de los trabajadores registrados es del 30%, la actualización de alquileres sería 35%.
¿Cómo se ajusta la cuota con el ICL?
Una pregunta frecuente es cómo poder actualizar la cuota mensual en cada momento del contrato. Para eso debemos utilizar la siguiente fórmula:
Donde:
Ajuste: porcentaje del ajuste a aplicar sobre la cuota anterior
ICLt1: valor ICL del momento del ajuste
ICLt0: valor ICL al inicio del contrato (o ajuste anterior)
Con la fórmula anterior responde a la pregunta de cómo calcular aumento de alquiler en Argentina en 2024. Recuerde que solamente aplica para alquiler de vivienda, y no comerciales.
¿Cómo se ajustan los alquileres comerciales con la nueva ley?
Los alquileres comerciales no se rigen bajo esta nueva ley de alquileres. Por lo cual, los ajustes de alquileres comerciales seguirán siendo a valores de mercado.
¿Cuándo se actualiza el índice?
A partir del día 17 de cada mes se publican los valores por los siguientes días hasta el 16 del mes posterior, ambas fechas inclusive, el ICL se actualizará de acuerdo con el factor diario que se determina con la fórmula que vemos debajo.
Fórmula del Índice para Contratos de Locación:
Donde:
F = Factor diario de actualización del Índice para Contratos de Locación (ICL).
k = número de días correspondiente al mes en curso.
j = mes en curso.
IPCj-2 = Valor del Índice de Precios al Consumidor Total Nacional, dos meses antes a aquél en que se determina el ICL.
IPCj-3 = Valor del Índice de Precios al Consumidor Total Nacional, tres meses antes a aquél en que se determina el ICL.
RIPTEj-2 = Valor de la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables, dos meses antes a aquél en que se determina el ICL.
RIPTEj-3 = Valor de la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables, tres meses antes a aquél en que se determina el ICL.
Índice para Contratos de Locación Histórico
En esta sección encontrarás el valor histórico del Índice para Contratos de Locación publicados por el BCRA.
1.226 comentarios en “Índice para Contratos de Locación”
Eduardo
Hola. Tengo un contrato que vence en Julio de 2021. El monto del alquiler inicial, ¿lo puedo poner yo o se rige por la nueva ley y debo tomar el último alquiler y aplicarle el índice?
Gracias
Soy locador de un edificio por $464.200 cuyo contrato vence el 10 de abril de 2021 debiendo renovarse a partir del día 11 de abril 2021 por 3 años con reajuste anual por el ICL. Por favor: ¿cuál debe ser el valor del alquiler? ¿qué índice o porcentaje usar una vez que aún no existiera el valor de ICL en esta fecha?
Es que cualquier valor seguramente debería volver a modificarse cuando aparezca y rija el ICL (¿en julio??) ¿y ahí que se hace para regularizar retroactivamente la situación al 11 de abril?
Norberto. Si es un alquiler comercial, nada de esto aplica, se rigen por precio de mercado. Ahora bien, si es para vivienda, el contrato afectado por el ICL será este nuevo que inicie el 11 de abril de 2021. Ese precio inicial será el de mercado. El ajuste al año siguiente se hará por el ICL cuando se conozca ese valor.
Buenas. El 30/4/21 vence mi contrato de alquiler. Estaba pagando $22500. Quisiera saber si para renovar se tiene en cuenta el ICL o el precio lo ajusta el mercado y desde ahí cual debería ser el aumento. Mi contrato era a 2 años con ajustes semestrales. Gracias
Hola. Tengo que renovar el contrato de alquiler el 1/6/2021 y me aumentan a $35000 quería saber ¿qué porcentaje de aumento iría para el 1º año es decir para el 1/6/2022?
Estimados. Gracias por la información, muy completa. Una consulta:
Donde está el enunciado que dice “Por ejemplo, suponiendo una inflación del 40%, y la evolución salarial de los trabajadores registrados es del 30%, la actualización de alquileres sería 35%.” Entiendo que este enunciado no se condice con las fórmulas que indican que el ajuste es por la variación del ICL entre dos períodos, no por el valor del ICL en un momento determinado. Solo para ver si entendí correctamente. Quedo atento.
Esteban. El ejemplo fue creado por nosotros para que se comprenda el cálculo del ICL, dado que este índice se compone por esos aumento. Pero efectivamente, el ajuste final será por la diferencia entre los ICL de dos períodos (que debería ser equivalente al aumento de cada componente).
Gladys. Aún no está disponible el ICL para el día del ajuste. El próximo ajuste será el 01/09/2021 y ese dato se conocerá cerca del 20 de agosto. Al día de la fecha, si tuvieses que ajustar hoy el alquiler mensual, sería de $11911.76
Hola. Consulta/sugerencia: ¿no sería mejor que la calculadora permita colocar el valor inicial de contrato más fecha de inicio contrato, y que te vaya indicando el ajuste que se estuvo acumulando a hoy? Como para que uno vaya teniendo una idea, y no desayunarse todo el mes anterior a cumplir el primer año.
Buenas. Quería hacer una consulta. Ahora en marzo tengo que renovar el contrato. Pago 11700 pesos. Si el ICL es de 1.22, ¿sería un aumento a 14274 o no se aplica?
Hola ¿qué tal? Quería consultar cuál sería el porcentaje que me debería subir entre en marzo 2020 y abril 2021. No se me estaría haciendo fácil la cuenta. Por otro lado, si me facilitas la fórmula por favor, sería una gran ayuda para años próximos.
Pamela. La fórmula podés verla desde esta parte del artículo. No podemos saber el aumento porque tu contrato aún no está dentro del régimen de ajuste por ICL. Recién en la siguiente renovación aplicará y el valor de ese indicador no se conocerá hasta dentro de un año. Saludos
Tengo un contrato desde el 1 de abril de 2019 al 31 de marzo de 2021, mi último pago fue de $10000 mensuales, y me quieren cobrar entre $16000 o $17000 para la renovación de contrato, que además proponen sea por 2 años (a modo de “extensión”) y no por 3 años. ¿De cuánto debería ser el valor de renovación según el ICL y qué debo hacer en esta situación?
La renovación puede ser por el valor que quieran porque tu contrato no rige por el ICL aún. Cuando renueven tiene que ser por 3 años y los próximos ajustes serán por ICL. Saludos
Hola. Te quería consultar acerca de realizar un nuevo contrato de alquiler a efectuar el 30 de junio de 2021 (renovación), teniendo en cuenta que se debe aplicar a la nueva ley te hago las siguientes consultas:
1. ¿Debo aplicar la actualización del alquiler de acuerdo al precio del mercado? (teniendo en cuenta que por contrato el año anterior fue de 25% y la inflación fue mayor de 36%)
2. ¿Cuál sería el costo del primer año de alquiler actualizado? Por ejemplo para $20.000.
Si no entendí mal, debería actualizar el monto a precio de mercado (25% aproximadamente) y luego, ¿cuánto y cómo debería actualizar la cuota de ese primer año de contrato (julio 2021 / julio 2022), al principio, mes a mes o al cumplirse el año?
Efectivamente, el contrato a firmar será a precio de mercado. En su renovación se actualizará al índice que exista en dicho momento, imposible saberlo ahora. El ajuste se hace con la renovación y aplica para las cuotas posteriores. Saludos
Estimados, buenos días. Si bien he leído preguntas y las consecuentes respuestas; me cabe una duda. Me encuentro alquilando un departamento desde marzo 2019, en donde se realizaba de común acuerdo una actualización semestral del 15%, así se realizó en septiembre 2019; marzo y septiembre de 2020. En este mes de marzo de 2021 debería ajustar por el ICL establecido por el Banco Central -que representaría un valor menor por la actualización de septiembre de 2020- o aguardar el índice de actualización de julio 2021 emitido por el BCRA. Muchas gracias. Cordiales saludos.
Hola. Teníamos que renovar contrato en febrero que se demoró por la locadora. En fin, según la calculadora de la página me aplica un aumento de sólo el 17% ¿es correcto? ¿no es acaso de alrededor del 35%?
Doris. El índice aplica recién para la renovación de contratos posteriores a junio de 2020. Es decir, para tu próxima renovación en 2022 o 2023, según sea el caso. Saludos
Hola iKiwi. Según explicación de ustedes, tomando como referencia inicio del contrato 15/02/20 (BRA 1,0) al 15/02/21 (BRA 1,18), la cuenta sería 1,0 x 1,18 = 1,18 y ese resultado lo debo multiplicar por el valor de alquiler de ese año. Ejemplo: 1,18 x $ 40.000 = $ 47.200 sería el valor final en el que quedaría para el año entrante (2do año de contrato), y por supuesto tomando en cuenta que RIPTE + IPC = ICL. ¿Entendí bien? Desde ya muchas gracias.
Hola estoy viendo esto, y no entiendo nada. Le quiero poner un ejemplo práctico. Yo alquilé una propiedad a principios de febrero de 2021 por $15.000, se supone que en febrero 22 yo tendría que aplicar este índice. Me podría explicar en forma simple como aplicar la fórmula, ya sé que no están los índices pero como ejemplo inventando números, para ver en forma practica como implementar esto, dado que además de perder como en la guerra con todo esto, si hay que pagarle a un contador para que nos enseñe a aplicar un aumento, es terrible. A ver si entendí: si empecé un alquiler el día 4/2 y el ICL de ese día es 1.17, y por ejemplo en febrero 2022 el ICL sea 1,34 el cálculo a realizar sería: 1,34-1,17 dividido 1,17 por 100 = 14,53% ¿esto es así?
René. Es correcto. No vas a tener que pagarle a nadie, nosotros tenemos esta calculadora, que lógicamente cuando tenga los datos del índice, va a permitir estimar eso. Saludos
Hola, perdón quisiera saber como es la cuenta para calcular el aumento. Digamos directamente multiplico el índice en este caso 1.7 por $20.000, que es el alquiler que abono y me da $34.000 ¿eso es lo que debería abonar?
Natalia. El aumento es igual al incremento del índice entre la fecha que firmaste hasta la renovación. Si cuando firmaste era 1.2 y ahora es 1.7, el aumento sería de 41.67%.
Hola. Para calcular el nuevo valor del alquiler considerando el ICL, ¿solo tengo que multiplicar el monto por el índice o necesito estimar primero el incremento resultante de la diferencia de los índices del comienzo del periodo vs el del final del periodo en cuestión? (( ICL t1 – ICL t0)/ICL t0)+1
Hola. En julio 2021 tengo que renovar mi contrato de alquiler de vivienda y que con la nueva ley será por tres años. La pregunta es: ¿al momento de la renovación ya queda fijado en el contrato el monto a abonar el primer, segundo y tercer año? ¿El índice que me dará el monto del segundo y tercer año del alquiler se basa en el que rige en la fecha que se realiza el contrato?
Carlos. Solamente vas a tener la cuota inicial y luego se ajustará cada año con el índice que exista en su momento. No lo podés saber de antemano. Saludos
Según entiendo el propietario se debe hacer cargo de los impuestos municipales y provinciales, de acuerdo a la nueva ley de alquileres. Pregunto: ¿Se puede o es valedero que el inquilino renuncie a ese derecho y expresamente diga en el contrato que toma a su cargo el pago de los impuestos durante la duración del alquiler?
Es conveniente firmar un contrato en Marzo/21, donde la actualización anual se regirá por el índice o bien establecer un porcentaje determinado que ronda entre un 30% y un 35%.
Hola. El contrato de alquiler de mi departamento terminó el 31 de agosto del 2020. Estoy en prórroga hasta el 31 de marzo según decreto nacional. En el caso que se levante dicha prórroga el 1 de Abril de 2021 ya estaría lista para renovar. ¿El nuevo contrato es bajo la nueva ley donde se realizaría un aumento anual y cuyas actualizaciones es por ICL?
Hola. En marzo de este año me toca renovar mi contrato de alquiler. Entiendo que el nuevo contrato debe ser por un mínimo de tres años, ¿verdad? Por otro lado, quería saber si el precio del primer mes de alquiler está regulado de alguna forma en caso de la renovación, o si puede ponerlo la inmobiliaria al “valor del mercado”. Última consulta: el aumento anual que tendría a partir de marzo de 2022 lo sabría recién en ese momento, ¿no? ¿Es necesario dejar asentado el índice ICL al momento de inicio de cada año de alquiler?
Manuel. Sí, los contratos deberían ser de 3 años. El precio de inicio se fijará de acuerdo al valor de mercado. En la renovación, vas a saber el incremento de acuerdo al ICL de dicho momento. No sería necesario dejarlo asentado, pero nunca está de más, para evitar problemas futuros. Saludos
Muchas gracias por la pronta respuesta. Me sigue quedando una duda. En el momento de la renovación ¿se podría fijar el primer aumento anual según el índice actual? Ejemplo: el nuevo contrato comienza con un precio de 30 mil pesos. Según el índice actual ¿ya puedo saber cuánto voy a pagar el segundo año del contrato o para eso hay que esperar a que termine el primer año y ahí fijar el aumento según el índice de ese momento?
Yo tengo una propiedad y la quiero alquilar. ¿Cuánto pierdo con este sistema respecto al IPC en un año? ¿Cuánto en tres? Si tomo el 2020 como ejemplo puedo aumentar el alquiler solo el 13% en últimos 6 meses. ¿Y cuánto fue el IPC en esos 6 meses? Además, al actualizar cada un año, en el mes 11, por ejemplo, ¿cuánto pierdo respecto al IPC? Entonces todo es pérdida para mí. Voy a subir mi alquiler un 100% al comienzo, quizás pueda salvar algo allí o no alquilo ¿Qué recomiendan?
Sebastián. Imposible saber todo eso que estás planteando, ¿cómo podemos saber cuánto vas a perder/ganar de acá a un año? En cuanto a los últimos 6 meses, la inflación fue del 18%.
En cuanto a qué hacer. Desde nuestra posición de asesores de inversión, nunca recomendaríamos alquilar una vivienda como tal, o invertir en una vivienda para su alquiler. Es más el costo de mantenimiento en cada cambio de inquilino del rédito que pueda dar.
Hola buenos días. Estoy por alquilar y no entiendo como se aplica el índice. Al día de hoy es 1.15, pero ¿qué se hace? si tuviera que pagar con aumento ¿sería 1.15% anual o cuál sería al día de hoy si pago $12000? para saber cómo sería, si bien va a ir cambiando.
Felisa. Suponiendo que alquilás hoy y renovás en un año, deberías tener el índice del 15 de enero de 2022. Cuando ese dato esté disponible, calculas el aumento entre el 1.15 y el nuevo índice, y ese sería tu aumento de cuota. Saludos
Buenas tardes: Primero felicitarlos por está herramienta que resulta de mucha utilidad. Te consulto, tengo un Contrato de Alquiler de Vivienda firmado en Febrero 9 de 2020 (antes de la pandemia y de la nueva ley) y que vence en Febrero 9 de 2021. Para su renovación ¿cómo calculo el porcentaje de incremento para la renovación y como afecto ese contrato con la nueva ley si los índices requeridos entran en vigencia el 1o de Julio de 2021? ¿Debería hacer dos contratos? ¿Uno hasta Junio 30 y otro que inicie en Julio 1 de 2021?
Hola buenos días. Quisiera consultar si disponen de la información concreta sobre índice para contratos de locación (icl) dado que la página del Banco Central arroja error y no se puede chequear.
Según datos del Indec, la inflación anual 2020 fue del 35% mientras que el RIPTE fue de 36% ¿estoy en lo correcto? Consulto porque en mi situación, debo renovar contrato este mes (enero 2021) y nos informan que se realizará de acuerdo a la nueva ley de alquileres. Me están pidiendo un 47% de aumento sobre el alquiler, con un ajuste anual también similar, argumentando que son los datos del BCRA. ¿Esto es correcto?
Rocío. En esta página tenés todo lo que hay sobre ICL. El problema está en que recién en julio de 2021 se aplicaría el indicador, ahora pueden ajustarte lo que quieran. Saludos
Buenas tardes, estoy leyendo las consultas de las otras personas y sigo sin entender, si tengo que renovar contrato el 01 de febrero de 2021, ¿todavía no se rigen por el ICL y ellos pueden aumentar lo que quieran? Si la respuesta es sí, al año siguiente, el 01/02/2022, ¿el porcentaje de aumento ya lo van a tener que calcular con el ICL? Gracias
Buenos días una consulta. No me queda claro, en mi situación renuevo alquiler el 3 de junio de 2021. En esa situación ¿el dueño deberá regirse por este índice o se aplicará para los aumentos anuales descriptos en el contrato de locación?
iKiwi. Jésica consulta por una renovación, entiendo que es un nuevo contrato, por lo que no aplicaría el índice; sí en el caso de las actualizaciones anuales. ¿No es así?
Pregunta, en alquileres comerciales no es obligatorio que el aumento sea anual, en caso de que puedo poner que el aumento semestral se rija por el ICL, si el contrato se hubiera firmado el 30/06 cuando empieza este índice, y se debería ajustar el 01/01/21, ¿hasta ahora el aumento sería solo del 11%, según el índice de hoy? los alquileres viviendas que están obligados ¿cuánto se proyecta al 30/06 próximo? si en casi 6 meses solo aumento el 11% con una inflación oficial del casi 50% anual y el aumento a trabajadores que estará debajo pero no tanto.
Cristian. El ajuste comienza desde julio de 2021. La verdad que es imposible saber cuánto van a subir el año próximo. Se supone que este índice va a estar por debajo de la inflación y más cercano al aumento de salarios. Saludos
Hola. Tengo un contrato que vence en Julio de 2021. El monto del alquiler inicial, ¿lo puedo poner yo o se rige por la nueva ley y debo tomar el último alquiler y aplicarle el índice?
Gracias
Eduardo. Aplica el índice recién al año siguiente. Ahora podés ajustar sin estos parámetros. Saludos
Soy locador de un edificio por $464.200 cuyo contrato vence el 10 de abril de 2021 debiendo renovarse a partir del día 11 de abril 2021 por 3 años con reajuste anual por el ICL. Por favor: ¿cuál debe ser el valor del alquiler? ¿qué índice o porcentaje usar una vez que aún no existiera el valor de ICL en esta fecha?
Es que cualquier valor seguramente debería volver a modificarse cuando aparezca y rija el ICL (¿en julio??) ¿y ahí que se hace para regularizar retroactivamente la situación al 11 de abril?
Muchas gracias
Norberto. Si es un alquiler comercial, nada de esto aplica, se rigen por precio de mercado. Ahora bien, si es para vivienda, el contrato afectado por el ICL será este nuevo que inicie el 11 de abril de 2021. Ese precio inicial será el de mercado. El ajuste al año siguiente se hará por el ICL cuando se conozca ese valor.
Saludos
Buenas. El 30/4/21 vence mi contrato de alquiler. Estaba pagando $22500. Quisiera saber si para renovar se tiene en cuenta el ICL o el precio lo ajusta el mercado y desde ahí cual debería ser el aumento. Mi contrato era a 2 años con ajustes semestrales. Gracias
Andrea. En abril va por ajuste de mercado, en el próximo ajuste ya aplica el ICL. Saludos
Hola. Tengo que renovar el contrato de alquiler el 1/6/2021 y me aumentan a $35000 quería saber ¿qué porcentaje de aumento iría para el 1º año es decir para el 1/6/2022?
Gracias
Marcela. Recién se sabrá cerca de esa fecha, imposible conocerlo ahora. Saludos
Estimados. Gracias por la información, muy completa. Una consulta:
Donde está el enunciado que dice “Por ejemplo, suponiendo una inflación del 40%, y la evolución salarial de los trabajadores registrados es del 30%, la actualización de alquileres sería 35%.” Entiendo que este enunciado no se condice con las fórmulas que indican que el ajuste es por la variación del ICL entre dos períodos, no por el valor del ICL en un momento determinado. Solo para ver si entendí correctamente. Quedo atento.
Gracias
Esteban. El ejemplo fue creado por nosotros para que se comprenda el cálculo del ICL, dado que este índice se compone por esos aumento. Pero efectivamente, el ajuste final será por la diferencia entre los ICL de dos períodos (que debería ser equivalente al aumento de cada componente).
Saludos
Buenas noches. Alquilo una casa por $9000. En septiembre se cumple el 1° año de alquiler, ¿de cuánto sería el aumento aproximadamente?
Gracias
Gladys. Aún no está disponible el ICL para el día del ajuste. El próximo ajuste será el 01/09/2021 y ese dato se conocerá cerca del 20 de agosto. Al día de la fecha, si tuvieses que ajustar hoy el alquiler mensual, sería de $11911.76
Saludos
Hola. Consulta/sugerencia: ¿no sería mejor que la calculadora permita colocar el valor inicial de contrato más fecha de inicio contrato, y que te vaya indicando el ajuste que se estuvo acumulando a hoy? Como para que uno vaya teniendo una idea, y no desayunarse todo el mes anterior a cumplir el primer año.
Gracias por la información.
Ailín. Seguimos tu sugerencia y cambiamos la calculadora. Gracias!
¿Y en contratos de renovación de alquiler de locales comerciales, cómo sería?
Belén. Ahí no hay legislación, sigue como hasta ahora. Saludos
Buenas. Quería hacer una consulta. Ahora en marzo tengo que renovar el contrato. Pago 11700 pesos. Si el ICL es de 1.22, ¿sería un aumento a 14274 o no se aplica?
Mariana. Recién para la siguiente renovación aplica. Saludos
Hola ¿qué tal? Quería consultar cuál sería el porcentaje que me debería subir entre en marzo 2020 y abril 2021. No se me estaría haciendo fácil la cuenta. Por otro lado, si me facilitas la fórmula por favor, sería una gran ayuda para años próximos.
Gracias
Pamela. La fórmula podés verla desde esta parte del artículo. No podemos saber el aumento porque tu contrato aún no está dentro del régimen de ajuste por ICL. Recién en la siguiente renovación aplicará y el valor de ese indicador no se conocerá hasta dentro de un año. Saludos
Hola, mi contrato es de marzo de 2020 a marzo de 2021, ¿cuánto sería el porcentaje que tendría que ser de aumento?
Ednia. Recién para la siguiente renovación aplica el ICL. Saludos
Tengo un contrato desde el 1 de abril de 2019 al 31 de marzo de 2021, mi último pago fue de $10000 mensuales, y me quieren cobrar entre $16000 o $17000 para la renovación de contrato, que además proponen sea por 2 años (a modo de “extensión”) y no por 3 años. ¿De cuánto debería ser el valor de renovación según el ICL y qué debo hacer en esta situación?
Gracias
La renovación puede ser por el valor que quieran porque tu contrato no rige por el ICL aún. Cuando renueven tiene que ser por 3 años y los próximos ajustes serán por ICL. Saludos
Hola. Te quería consultar acerca de realizar un nuevo contrato de alquiler a efectuar el 30 de junio de 2021 (renovación), teniendo en cuenta que se debe aplicar a la nueva ley te hago las siguientes consultas:
1. ¿Debo aplicar la actualización del alquiler de acuerdo al precio del mercado? (teniendo en cuenta que por contrato el año anterior fue de 25% y la inflación fue mayor de 36%)
2. ¿Cuál sería el costo del primer año de alquiler actualizado? Por ejemplo para $20.000.
Si no entendí mal, debería actualizar el monto a precio de mercado (25% aproximadamente) y luego, ¿cuánto y cómo debería actualizar la cuota de ese primer año de contrato (julio 2021 / julio 2022), al principio, mes a mes o al cumplirse el año?
Alejandro.
Efectivamente, el contrato a firmar será a precio de mercado. En su renovación se actualizará al índice que exista en dicho momento, imposible saberlo ahora. El ajuste se hace con la renovación y aplica para las cuotas posteriores. Saludos
Estimados, buenos días. Si bien he leído preguntas y las consecuentes respuestas; me cabe una duda. Me encuentro alquilando un departamento desde marzo 2019, en donde se realizaba de común acuerdo una actualización semestral del 15%, así se realizó en septiembre 2019; marzo y septiembre de 2020. En este mes de marzo de 2021 debería ajustar por el ICL establecido por el Banco Central -que representaría un valor menor por la actualización de septiembre de 2020- o aguardar el índice de actualización de julio 2021 emitido por el BCRA. Muchas gracias. Cordiales saludos.
Daniel. En marzo 2021 vas a firmar la renovación, desde el próximo aumento se ajusta por el ICL. Saludos
Hola, ¿me podrían decir cuáles son los índices del ICL hasta la fecha o decirme donde los puedo obtener, ya que no puedo encontrarlos?
Muchas gracias
Mónica. En esta misma página donde dejaste el comentario están. Saludos
Tengo que actualizar un contrato con fecha de inicio 01/09/2020 al 01/02/2021. Es comercial. Se fijó en $15.000 ¿cuánto debo actualizar?
Verónica. Este esquema de actualización no rige para contratos comerciales. Saludos
Hola. Teníamos que renovar contrato en febrero que se demoró por la locadora. En fin, según la calculadora de la página me aplica un aumento de sólo el 17% ¿es correcto? ¿no es acaso de alrededor del 35%?
Gracias y perdón la ignorancia.
Doris. El índice aplica recién para la renovación de contratos posteriores a junio de 2020. Es decir, para tu próxima renovación en 2022 o 2023, según sea el caso. Saludos
Hola iKiwi. Según explicación de ustedes, tomando como referencia inicio del contrato 15/02/20 (BRA 1,0) al 15/02/21 (BRA 1,18), la cuenta sería 1,0 x 1,18 = 1,18 y ese resultado lo debo multiplicar por el valor de alquiler de ese año. Ejemplo: 1,18 x $ 40.000 = $ 47.200 sería el valor final en el que quedaría para el año entrante (2do año de contrato), y por supuesto tomando en cuenta que RIPTE + IPC = ICL. ¿Entendí bien? Desde ya muchas gracias.
Atte. Alfredo
Alfredo. Así es, correcto. Saludos
No entiendo nada. Alquilé en 30 mil, entonces ¿de cuánto es el aumento que debo aplicar?
Mónica. Con ese dato solo es imposible saberlo. ¿Cuándo iniciaste el contrato de alquiler? ¿cuándo es la renovación?
Hola estoy viendo esto, y no entiendo nada. Le quiero poner un ejemplo práctico. Yo alquilé una propiedad a principios de febrero de 2021 por $15.000, se supone que en febrero 22 yo tendría que aplicar este índice. Me podría explicar en forma simple como aplicar la fórmula, ya sé que no están los índices pero como ejemplo inventando números, para ver en forma practica como implementar esto, dado que además de perder como en la guerra con todo esto, si hay que pagarle a un contador para que nos enseñe a aplicar un aumento, es terrible. A ver si entendí: si empecé un alquiler el día 4/2 y el ICL de ese día es 1.17, y por ejemplo en febrero 2022 el ICL sea 1,34 el cálculo a realizar sería: 1,34-1,17 dividido 1,17 por 100 = 14,53% ¿esto es así?
René. Es correcto. No vas a tener que pagarle a nadie, nosotros tenemos esta calculadora, que lógicamente cuando tenga los datos del índice, va a permitir estimar eso. Saludos
Hola, perdón quisiera saber como es la cuenta para calcular el aumento. Digamos directamente multiplico el índice en este caso 1.7 por $20.000, que es el alquiler que abono y me da $34.000 ¿eso es lo que debería abonar?
Muchas gracias
Natalia. El aumento es igual al incremento del índice entre la fecha que firmaste hasta la renovación. Si cuando firmaste era 1.2 y ahora es 1.7, el aumento sería de 41.67%.
Saludos
Buenas tardes, en el caso de un alquiler de un galpón, ¿la actualización se rige por el ICL o por que otro método? Gracias
Walter. Es únicamente para contratos de locación con destino habitacional. Saludos
Hola. Para calcular el nuevo valor del alquiler considerando el ICL, ¿solo tengo que multiplicar el monto por el índice o necesito estimar primero el incremento resultante de la diferencia de los índices del comienzo del periodo vs el del final del periodo en cuestión? (( ICL t1 – ICL t0)/ICL t0)+1
Lucrecia. Deberías estimar la diferencia como bien explicaste. Saludos
Hola. En julio 2021 tengo que renovar mi contrato de alquiler de vivienda y que con la nueva ley será por tres años. La pregunta es: ¿al momento de la renovación ya queda fijado en el contrato el monto a abonar el primer, segundo y tercer año? ¿El índice que me dará el monto del segundo y tercer año del alquiler se basa en el que rige en la fecha que se realiza el contrato?
Carlos. Solamente vas a tener la cuota inicial y luego se ajustará cada año con el índice que exista en su momento. No lo podés saber de antemano. Saludos
Según entiendo el propietario se debe hacer cargo de los impuestos municipales y provinciales, de acuerdo a la nueva ley de alquileres. Pregunto: ¿Se puede o es valedero que el inquilino renuncie a ese derecho y expresamente diga en el contrato que toma a su cargo el pago de los impuestos durante la duración del alquiler?
Daniel. Son responsabilidad del propietario. Que luego pueda acordarse que se incluyen en el valor del alquiler es otra cosa. Saludos
Es conveniente firmar un contrato en Marzo/21, donde la actualización anual se regirá por el índice o bien establecer un porcentaje determinado que ronda entre un 30% y un 35%.
Gracias. Saludos cordiales.
Horacio. La ley no puede aplicarse o no, todos los contratos serán con el índice. Saludos
¿Se puede hacer contratos en dólares pagaderos en pesos?
Luis. Solo en pesos. Saludos
Hola. El contrato de alquiler de mi departamento terminó el 31 de agosto del 2020. Estoy en prórroga hasta el 31 de marzo según decreto nacional. En el caso que se levante dicha prórroga el 1 de Abril de 2021 ya estaría lista para renovar. ¿El nuevo contrato es bajo la nueva ley donde se realizaría un aumento anual y cuyas actualizaciones es por ICL?
Gracias
Correcto. Saludos
Hola. En marzo de este año me toca renovar mi contrato de alquiler. Entiendo que el nuevo contrato debe ser por un mínimo de tres años, ¿verdad? Por otro lado, quería saber si el precio del primer mes de alquiler está regulado de alguna forma en caso de la renovación, o si puede ponerlo la inmobiliaria al “valor del mercado”. Última consulta: el aumento anual que tendría a partir de marzo de 2022 lo sabría recién en ese momento, ¿no? ¿Es necesario dejar asentado el índice ICL al momento de inicio de cada año de alquiler?
Muchas gracias.
Manuel. Sí, los contratos deberían ser de 3 años. El precio de inicio se fijará de acuerdo al valor de mercado. En la renovación, vas a saber el incremento de acuerdo al ICL de dicho momento. No sería necesario dejarlo asentado, pero nunca está de más, para evitar problemas futuros. Saludos
Muchas gracias por la pronta respuesta. Me sigue quedando una duda. En el momento de la renovación ¿se podría fijar el primer aumento anual según el índice actual? Ejemplo: el nuevo contrato comienza con un precio de 30 mil pesos. Según el índice actual ¿ya puedo saber cuánto voy a pagar el segundo año del contrato o para eso hay que esperar a que termine el primer año y ahí fijar el aumento según el índice de ese momento?
Muchas gracias.
Manuel. Vas a tener que esperar a tener el índice del momento de la renovación. Saludos
Yo tengo una propiedad y la quiero alquilar. ¿Cuánto pierdo con este sistema respecto al IPC en un año? ¿Cuánto en tres? Si tomo el 2020 como ejemplo puedo aumentar el alquiler solo el 13% en últimos 6 meses. ¿Y cuánto fue el IPC en esos 6 meses? Además, al actualizar cada un año, en el mes 11, por ejemplo, ¿cuánto pierdo respecto al IPC? Entonces todo es pérdida para mí. Voy a subir mi alquiler un 100% al comienzo, quizás pueda salvar algo allí o no alquilo ¿Qué recomiendan?
Sebastián. Imposible saber todo eso que estás planteando, ¿cómo podemos saber cuánto vas a perder/ganar de acá a un año? En cuanto a los últimos 6 meses, la inflación fue del 18%.
En cuanto a qué hacer. Desde nuestra posición de asesores de inversión, nunca recomendaríamos alquilar una vivienda como tal, o invertir en una vivienda para su alquiler. Es más el costo de mantenimiento en cada cambio de inquilino del rédito que pueda dar.
Saludos
Hola buenos días. Estoy por alquilar y no entiendo como se aplica el índice. Al día de hoy es 1.15, pero ¿qué se hace? si tuviera que pagar con aumento ¿sería 1.15% anual o cuál sería al día de hoy si pago $12000? para saber cómo sería, si bien va a ir cambiando.
Felisa. Suponiendo que alquilás hoy y renovás en un año, deberías tener el índice del 15 de enero de 2022. Cuando ese dato esté disponible, calculas el aumento entre el 1.15 y el nuevo índice, y ese sería tu aumento de cuota. Saludos
Buenas tardes: Primero felicitarlos por está herramienta que resulta de mucha utilidad. Te consulto, tengo un Contrato de Alquiler de Vivienda firmado en Febrero 9 de 2020 (antes de la pandemia y de la nueva ley) y que vence en Febrero 9 de 2021. Para su renovación ¿cómo calculo el porcentaje de incremento para la renovación y como afecto ese contrato con la nueva ley si los índices requeridos entran en vigencia el 1o de Julio de 2021? ¿Debería hacer dos contratos? ¿Uno hasta Junio 30 y otro que inicie en Julio 1 de 2021?
Mil gracias por la orientación. Bendiciones
Constanza, el nuevo contrato de febrero 2021 se renovará como cualquier otro y en su próxima actualización estará atada al índice. Saludos
Hola buenos días. Quisiera consultar si disponen de la información concreta sobre índice para contratos de locación (icl) dado que la página del Banco Central arroja error y no se puede chequear.
Según datos del Indec, la inflación anual 2020 fue del 35% mientras que el RIPTE fue de 36% ¿estoy en lo correcto? Consulto porque en mi situación, debo renovar contrato este mes (enero 2021) y nos informan que se realizará de acuerdo a la nueva ley de alquileres. Me están pidiendo un 47% de aumento sobre el alquiler, con un ajuste anual también similar, argumentando que son los datos del BCRA. ¿Esto es correcto?
Muchas gracias
Rocío. En esta página tenés todo lo que hay sobre ICL. El problema está en que recién en julio de 2021 se aplicaría el indicador, ahora pueden ajustarte lo que quieran. Saludos
Buenas tardes, estoy leyendo las consultas de las otras personas y sigo sin entender, si tengo que renovar contrato el 01 de febrero de 2021, ¿todavía no se rigen por el ICL y ellos pueden aumentar lo que quieran? Si la respuesta es sí, al año siguiente, el 01/02/2022, ¿el porcentaje de aumento ya lo van a tener que calcular con el ICL? Gracias
Carla. Claro, en febrero pueden hacer lo que quieran, pero en el próximo ajuste, ya tiene que estar atado al ICL. Saludos
Buenos días una consulta. No me queda claro, en mi situación renuevo alquiler el 3 de junio de 2021. En esa situación ¿el dueño deberá regirse por este índice o se aplicará para los aumentos anuales descriptos en el contrato de locación?
Muchas gracias
Jésica, deberá ajustarse a este índice. Saludos
iKiwi. Jésica consulta por una renovación, entiendo que es un nuevo contrato, por lo que no aplicaría el índice; sí en el caso de las actualizaciones anuales. ¿No es así?
Claro Roxana. Renovar en realidad le llamamos a hacer un nuevo contrato con el mismo propietario, pero es un contrato nuevo. Saludos
Pregunta, en alquileres comerciales no es obligatorio que el aumento sea anual, en caso de que puedo poner que el aumento semestral se rija por el ICL, si el contrato se hubiera firmado el 30/06 cuando empieza este índice, y se debería ajustar el 01/01/21, ¿hasta ahora el aumento sería solo del 11%, según el índice de hoy? los alquileres viviendas que están obligados ¿cuánto se proyecta al 30/06 próximo? si en casi 6 meses solo aumento el 11% con una inflación oficial del casi 50% anual y el aumento a trabajadores que estará debajo pero no tanto.
Le agradecería me saque estas dudas
Saludos
Cristian. El ajuste comienza desde julio de 2021. La verdad que es imposible saber cuánto van a subir el año próximo. Se supone que este índice va a estar por debajo de la inflación y más cercano al aumento de salarios. Saludos
Mi contrato finaliza el 31 de enero de 2021 y quiero renovar ¿cómo se calcula lo que tendré que pagar? ¿Según este nuevo índice o cómo?
Elizabet. Recién en la siguiente renovación te aplicará el índice. Saludos